Como bien sabemos cuando compramos dólares con la modalidad ahorro, o cuando viajamos y realizamos compras en el exterior, podemos recuperar estas deducciones impositivas siempre y cuando no seamos contribuyentes impositivos. Las operaciones de compra de dólar ahorro tienen un impuesto del 20% sobre el monto solicitado que al momento de realizar la compra lo registramos en el valor de cambio. Ahora, las compras realizadas en el extranjero con tarjeta de crédito tienen un impuesto del 35% y sobre los montos de compra de manera tal que lo vemos plasmado en nuestro resumen mensual.
No todos podemos solicitar el reintegro. Para ello se debe ser:
- Jubilados en la misma condición que el anterior.
- Empleados en relación de dependencia excentos de ganancias y
- Monotributistas que no paguen bienes personales o,
Por el contrario no pueden solicitar el reintegro:
- Los monotributistas que sean contribuyentes de Bienes Personales;
- Empleados con retenciones ganancias, y
- Jubilados en la mismas condiciones que los del punto 2
- Autónomos que tributen ganancias.
Ellos sólo recuperarán a través de la compensación en los respectivos impuestos que tributen.
Para reclamar o solicitar la devolución se debe concurrir a la agencia correspondiente para lo cual debemos llevar:
- DNI para acreditar la identidad y
- Fotocopias de 2 facturas de servicios con sus originales, donde conste el domicilio constituido
Con esto el agente que nos atiende dará de alta nuestros datos biométricos (foto, huellas digitales, firma digital). Esto es para el caso en que no se los haya dado de alta.
Una vez terminado el trámite vamos a ingresar en la página web e informar la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución, a través del servicio Declaración de CBU para cobro de origen tributario, aduanero y de la seguridad social. De ahí vamos a Mis Aplicaciones WEB, elegimos el formulario 746/A, y el sistema va a mostrar las deducciones impositivas suceptibles de requerir su devolución. Para el caso que estos servicios no se encuentran habilitados, deberán darse de alta con la opción Administrador de Relaciones con Clave Fiscal.
No existe un plazo definido para que se realice la devolución pero los promedios son entre unos meses a un año. Hay que tener en cuenta que la devolución es capital histórico sin intereses. En otras palabras, no devuelven el monto actualizado ni intereses.