Alta de un trabajador de Servicio Doméstico (*)
- Registración a través de la página de AFIP
- Ingresar al servicio denominado “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social” (ya sea con clave fiscal o través de Link o Banelco), declarando la fecha de inscripción y el o los lugares donde los trabajadores realizan las tareas.
- Declarar los datos del o de los trabajadores.
- Con los datos declarados en los puntos 1 y 2, registrar las relaciones laborales vigentes.
Una vez realizados estos pasos, podrá imprimir los comprobantes que emite el sistema. Uno debe quedar en poder del empleador y el otro en poder del trabajador con las respectivas firmas.
- Registración a través de Home Banking
- Desde la página de Home Banking, Seleccionar “Servicios AFIP”. El sistema abrirá una nueva pantalla y le mostrará los servicios que tiene habilitado en AFIP. Deberá hacer click en “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social” donde podrá declarar la fecha de inscripción y el o los lugares donde los trabajadores realizan las tareas.
- Declarar los datos del o de los trabajadores.
- Con los datos declarados en los puntos 1 y 2, registrar las relaciones laborales vigentes. Una vez realizados estos pasos, podrá imprimir los comprobantes que emite el sistema. Uno debe quedar en poder del empleador y el otro en poder del trabajador con las respectivas firmas.
- Registración Telefónica (Si utiliza esta opción, el empleador deberá comunicarse al teléfono 0800 222 2526 Opción 2, para que un operador del Centro de Información Telefónica realice el trámite, previa autenticación de su persona)
- Deberá comunicarse telefónicamente al 0800 – 222 – 2526 Opción 2. El operador, le solicitará una serie de datos y realizará un proceso de identificación personal. Para ello, deberá tener el documento (DNI) y los últimos 2 (dos) pagos realizados con el formulario F. 102/B.
- Cumplido el paso 1), se procederá a registrar la relación laboral, para lo cual deberá contar con la siguiente información:Respecto del lugar de trabajo: – Provincia, Código Postal, Calle, Número, Piso, Departamento y LocalidadRespecto del trabajador: – Número de CUIL, Nombre y Apellido, Obra Social, Fecha de Nacimiento CBU en caso de poseer, y un teléfono o correo electrónico de contacto (opcional).Respecto del domicilio del trabajador: – Provincia, Código Postal, Calle, Número, Piso, Departamento y Localidad.Respecto de la relación laboral – Puesto desempeñado: – horas semanales que trabaja, retribución pactada, y modalidad de liquidación.
- Finalmente, el operador confirmará los datos en el registro y le indicará al Empleador como proceder para obtener la “Constancia del Trabajador”. Una Constancia deberá quedar en poder del empleador y otra en poder del trabajador con las respectivas firmas.Comprobante del Registro del Trabajador de Casas ParticularesPara imprimir o reimprimir el comporbante del registro tramitado telefónicamente o a través de la web, ingrese aquí.
- Formulario de Pago y valores de Aportes y Contribuciones y Cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo
- Valores de Aportes y Contribuciones y Cuotas con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo
- Formularios habilitados para el pago:
102/B: Volante de pago trabajador de casas particulares- Aportes y Contribuciones. Hasta Septiembre 2014. Acceso al Formulario / Acceso al Instructivo
102/RT: Volante de pago trabajador de casas particulares- Aportes y Contribuciones. Desde Octubre 2014. Acceso al Formulario / Acceso al Instructivo
575/B: Volante de pago trabajador de casas particulares- Aportes y Contribuciones- Pagos
Voluntarios. Hasta Septiembre 2014. Acceso al Formulario / Acceso al Instructivo.
575/RT: Volante de pago trabajador de casas particulares- Aportes y Contribuciones- Pagos Voluntarios e inicio de la relación laboral. Desde Octubre 2014. Acceso al Formulario / Acceso al Instructivo.
1350: Volante de pago trabajador de casas particulares- Aportes y Contribuciones- Cese de la relación laboral.. Desde Octubre 2014. Acceso al Formulario
Trabajadores Extranjeros
Si Ud. va a contratar a trabajadores extranjeros, es importante que conozca los pasos que deberán seguir para trabajar legalmente en nuestro país:
1) Tramitar la residencia en nuestro país:
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QUÉ ES? La Residencia Precaria es un documento gratuito y provisorio – con vencimiento -, que le permite al futuro trabajador gestionar el Documento Nacional de Identidad – DNI– y el CUIL, que los habilita a trabajar legalmente en el país. |
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DONDE IR? Dirigirse a la Dirección Nacional de Migraciones. Departamento Gestión de Trámites de la Dirección de Radicaciones, – Dirección Nacional de Migraciones, HORARIO DE ATENCIÓN: 7:30 A 18:00 HS. |
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CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y COSTOS PARA INICIAR EL TRÁMITE? 1) Antecedentes Penales Argentinos 2) Obtener el Turno Online para la Residencia Precaria
3) Tasa de Radicación MERCOSUR: $300, NO-MERCOSUR $600 4) Dos fotos 4×4 (Fondo Blanco y liso) 5) Antecedentes Penales país de Origen 6) Certificado de Domicilio: En cualquier Comisaría de Policía Federal o Provincial. 7) Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto, originales. Estos documentos deberán encontrarse vigentes, en buen estado de conservación y con un juego de fotocopias completo. 8) Sello de Ingreso al país en el documento de viaje o tarjeta migratoria |
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Luego, alternativamente podrán solicitar los CERTIFICADOS DE RESIDENCIA TEMPORARIA ó PERMANENTE, La Residencia Temporaria le permite a un extranjero Trabajar, Estudiar y entrar o salir de Argentina. Más información en el siguiente sitio web: http://www.migraciones.gov.ar/accesible/?residencias |
2)Obtener el documento nacional de identidad (DNI).
Más información en el siguiente sitio web: http://www.migraciones.gov.ar/accesible/?dni_extranjeros
3) Obtener el CUIL
Dirigirse a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ANSES:
Solicitante | Debe Presentar: |
Extranjeros con residencia no permanente en el país: | Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o. Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o. Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina. |
Argentinos o Extranjeros con residencia permanente en la Argentina: | DNI, LC o LE. Solamente si extravió el DNI, deberá llevar la constancia de documento en trámite y otra documentación donde surja el nombre, apellido, la fecha de nacimiento y Número de documento (ejemplo cédula de identidad, licencia de conducir, Pasaporte). |
Más información en el siguiente sitio web: http://www.anses.gob.ar/trabajadores/cuil-39
*Fuente del Pos Administración Federal de Ingresos Brutos